jueves, 12 de febrero de 2015

En las ciudades jardín


Una ciudad jardín es un centro urbano diseñado para una vida saludable y de trabajo; tendrá un tamaño que haga posible una vida social a plenitud, no debe ser muy grande, su crecimiento será controlado y habrá un límite de población. Estará rodeada por un cinturón vegetal y comunidades rurales en proporción de 3 a 1 respecto a la superficie urbanizada. El conjunto, especialmente el suelo, será de propiedad pública, o deberá ser poseído en forma asociada por la comunidad, con el fin de evitar la especulación con terrenos. 
La idea de Ciudad Jardín surgió del movimiento urbanístico de las ciudades jardín fue fundado por Sir Ebenezer Howard (1850-1928). Sus conceptos sociológicos y urbanísticos se contienen en el libro titulado Ciudades Jardín del mañana, cuya versión corregida y completa apareció en 1902. La Garden City Association promovió la fundación de la primera ciudad jardín en Letchworth, a 55 km al norte de Londres, en un terreno de poco más de 1860 ha y para una población de 33 000 habitantes. La mayoría de los residentes debería de trabajar en los centros industriales de la localidad, el resto, en lugares que no distan los 15 km. Se trata de ciudades integrales, no ciudades dormitorio. 

En España, el movimiento de las Ciudades Jardín se desarrolla a partir del año 1911 tras promulgarse la ley llamada Ley de casas baratas que fue posteriormente modificada en 1921, intentando solucionar el acuciante problema de la vivienda popular, es decir, el ordenamiento para la construcción de barriadas económicas, diseñadas en teoría como ciudades satélite autónomas en lo referente a sus propios servicios colectivos, con unas garantías higiénicas mínimas y siempre buscando la proximidad a las grandes arterias de comunicación o a los grandes centros de trabajo. En casi todas las ciudades de España empiezan a surgir ciudades jardín. 

La intención de las autoridades era levantar barrios para obreros. En la creación de estos barrios jugó un papel esencial esta legislación de casas baratas de 1911 (modificada en 1921) que permitirá a los ayuntamientos a expropiar el suelo y crear este tipo de barrios en principio para la clase obrera. Se conocen como casas baratas a un conjunto de edificaciones destinadas a la clase obrera o media baja con el objetivo de suplir la necesidad de vivienda de la época. Estas casas fueron dadas en propiedad o alquiler mediante préstamos legales realizados a bajos intereses. 
Las Casas Baratas estuvieron localizadas en los alrededores de las ciudades, específicamente en aquellos lugares de poca urbanización, teniendo como meta ofrecer un lugar a los clientes caracterizados por la higiene y la sostenibilidad. Fueron realizadas con dos niveles como máximo y gestionadas mediante organizaciones públicas. 
Esto dio lugar a construcciones de ese modelo de casas unifamiliares de tamaño reducido y con pequeños jardines en ciudades como Málaga, Vitoria, Córdoba y Barcelona. 
En Andalucía destacan las levantadas en Huelva en el barrio Reina Victoria de José María Pérez Carasa y Gonzalo Aguado, en 1916. Años más tarde se intenta repetir el mismo modelo en la ciudad de Málaga donde está el barrio de Ciudad Jardín, del primer tercio del pasado siglo XX. Las obras iniciales de las primeras casas que lo formarían dieron comienzo en 1925 en las cercanías de la Avenida de la Rosaleda. En Córdoba , también aparece este barrio en la zona oeste de la ciudad. 

En Bilbao se edificó la Ciudad Jardín bilbaína entre 1923 y 1925. En Vitoria se encuentra el distrito de Mendizorroza. 

En Cantabria destacan la ciudad jardín de Santander y la Ciudad Vergel en Torrelavega y en Cataluña destacan las de Tarragona. También en Madrid entre Chamartín y La Prosperidad, Zaragoza, A Coruña  o Las Palmas.





 Casas construidas en Tarragona bajo el amparo de la ley de las Casas Baratas en 1927

No hay comentarios:

Publicar un comentario